Las personas cada día invierten más en bienes para su gozo y satisfacción personal. Las embarcaciones de recreo y barcos en general está entre los bienes que más auge tienen actualmente. Por lo tanto un seguro de barcos es una necesidad.

El seguro de barcos protege a terceros tanto de daños materiales como físicos que ocasione la embarcación. Y Además puede incluir otras coberturas para trabajar, pasear  o disfrutar de su embarcación con seguridad y tranquilidad.

Aquí se le presenta un resumen de las preguntas más frecuentes para que aclare sus dudas antes de contratar su seguro para barcos.

Preguntas frecuentes sobre seguros de barcos

¿Es obligatorio contratar un seguro de barcos?

Sí, los seguros de barcos los exige el gobierno español, desde 1999, cuando se aprobó el Real Decreto 607/1999. Donde especifica que toda embarcación de recreo o deportiva está obligada a disponer de un seguro de responsabilidad civil. Los barcos exigen una póliza mínima para cubrir los daños a terceros.

Además, es una gran tranquilidad no pensar en desembolsar grandes cantidades de dinero, cuando ocurre algún siniestro o daños en la embarcación. Las reparaciones son muy costosas y además complicadas de afrontar, por lo que los seguros de barcos es la mejor opción.

¿Qué coberturas contempla este seguro?

Hay una amplia gama de coberturas para todas las embarcaciones, recreo, a motor, veleros, de uso particular o alquiler. Hay coberturas para remolcar la embarcación en el mar. Además incluye Responsabilidad Civil obligatoria y complementaria y de asistencia jurídica ante daños ocasionados a terceras personas.

Este seguro también incluye remoción de restos y accidentes personales de los ocupantes del barco y daños materiales. Causados al dueño del barco, piloto, esquiadores si es el caso, o cualquier persona que sufra accidentes mientras el barco navega o cuando embarca o desembarca.

También cubre asistencia en tierra, robos, incendio, daños parciales, pérdida total, naufragio, daños del motor o los ocasionados por un rayo. Hay además otras coberturas adicionales.

¿Cuáles son las modalidades de seguros de barcos?

Hay tres modalidades, la más económica o seguro de embarcación básica cubre las opciones mínimas de una embarcación de recreo. La modalidad embarcación media, incluye los riesgos considerados en el modelo básico y otros adicionales como Responsabilidad Civil Voluntaria. También reclamación de daños, remoción de restos, asistencia en tierra, remolque en mar y adelanto de indemnizaciones.

La tercera modalidad, embarcación completa, incluye Responsabilidad Civil voluntaria, complementaria y obligatoria. Además de asistencia jurídica y finanzas y pérdida total de la embarcación. Asimismo, robo, daños parciales, accidentes personales de los ocupantes y los riesgos considerados en la modalidad media.

¿Qué requisitos se deben presentar para asegurar el barco?

Licencia de navegación o Rol, allí se encuentran todos los datos técnicos de la embarcación. También, es conveniente el certificado de navegabilidad y título de navegación del patrón habitual. Si tiene estimado contratar cobertura de daños propios. Además, es importante conocer el valor de la embarcación para asegurar los posibles daños.

¿Qué hacer cuando ocurre un siniestro?

Debe comunicarse de inmediato con la empresa aseguradora. Debe disponer de la información de su embarcación. Cómo número de póliza, fecha en que ocurre el siniestro, describir la causa que provocara el daño y dónde ocurrió el percance. Y a la vez, comuníquese con salvamento marítimo al 900 202 202.

¿Si el barco se accidenta mar adentro, el seguro tiene servicio de remolque?

La cobertura de gastos de remolque está dentro de las coberturas de los seguros de barcos. Si la tiene incluida en su póliza, se le realizará el servicio. Además, en caso de presentarse alguna avería, la empresa correrá con los gastos, de acuerdo a lo contratado en la póliza. Asimismo, responderá por los gastos ocasionados por el remolque del barco hasta el puerto más cercano al lugar de los hechos.

Sin embargo, cada empresa tiene sus condiciones, por lo que conviene consultar antes de contratar.

¿Cuál es la diferencia entre cláusulas inglesas y españolas?

A los barcos es posible aplicarles normas extranjeras. Por lo que algunas aseguradoras permiten contratar cláusulas españolas o inglesas en la póliza. Con las españolas, los riesgos quedan claramente expresados en las coberturas de la póliza, funcionan por inclusión. Y cada aseguradora contempla cláusulas específicas.

Sin embargo, las inglesas funcionan por exclusión y están sujetas a la ley y prácticas del país británico. Y todas las aseguradoras contemplan las mismas cláusulas. Conviene revisar la cláusula 5.1 y las exclusiones de la cláusula 19, en especial el aparte 19.3.

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