La devolución IRPF de mutualistas se ha convertido en un tema de interés clave para miles de jubilados en España. Desde hace años, muchos de ellos han estado solicitando que se les reintegre el exceso de tributación aplicado sobre sus pensiones por haber cotizado, en su momento, a mutualidades laborales.
Sin embargo, en 2025, Hacienda ha introducido un importante cambio en el proceso, especialmente en relación con los plazos. Este cambio busca organizar mejor los pagos y asegurar que los afectados puedan reclamar su devolución con mayor claridad.
Pero también plantea dudas sobre cómo y cuándo se podrán hacer las solicitudes, quiénes pueden beneficiarse, y qué pasa si no se actúa a tiempo. Por eso, es importante conocer los detalles y preparar la documentación con antelación.
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¿En qué consiste la devolución IRPF de mutualistas?
La devolución IRPF de mutualistas es un proceso mediante el cual la Agencia Tributaria permite a los jubilados recuperar el dinero que pagaron de más en el IRPF por sus pensiones.
Esta situación afecta a quienes cotizaron a mutualidades laborales antes de 1979 y cuya pensión pública, al llegar la jubilación, fue tributada sin tener en cuenta la parte ya cotizada por esas entidades.
Hacienda reconoció el error y habilitó la posibilidad de reclamar estas cantidades. Para muchos jubilados, esto representa importantes sumas económicas, que pueden suponer un alivio financiero, especialmente en un contexto de inflación y encarecimiento del coste de vida.
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¿Cuál es el nuevo plazo fijado por Hacienda?
Uno de los principales cambios anunciados por la Agencia Tributaria en 2025 es la modificación en el plazo para presentar la solicitud de devolución.
Hasta ahora, los mutualistas disponían de varios meses para gestionar su reclamación, pero ahora Hacienda ha fijado un plazo más corto y específico, lo que implica mayor urgencia para realizar el trámite.
Este nuevo calendario responde a la necesidad de evitar colapsos administrativos y de que las devoluciones puedan realizarse de forma ordenada.
Aunque aún hay detalles que se están ajustando, lo recomendable es que los afectados consulten su situación cuanto antes y preparen la documentación requerida.
¿Quiénes pueden solicitar esta devolución?
No todos los jubilados pueden acogerse al proceso. Está dirigido a personas que cotizaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978, antes de la plena integración en el régimen general de la Seguridad Social.
Se estima que podrían beneficiarse más de un millón de personas en todo el país, muchas de las cuales aún no han solicitado la devolución IRPF de mutualistas por desconocimiento o falta de información clara.
Hacienda también ha publicado herramientas para consultar si se tiene derecho a esta devolución, lo que facilita el acceso al procedimiento.
¿Cómo se hace la solicitud?
La solicitud se puede realizar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde se ha habilitado un formulario simplificado para este proceso. También es posible hacer el trámite de forma presencial solicitando cita previa. Es fundamental contar con:
- Datos identificativos del contribuyente.
- Justificantes de haber cotizado a mutualidades laborales.
- Declaraciones de la renta de los últimos ejercicios.
Cabe destacar que este trámite no afecta negativamente a la pensión ni tiene consecuencias fiscales futuras.
¿Qué pasa si se pasa el plazo?
Una de las grandes preocupaciones de los mutualistas es perder la oportunidad por no presentar la solicitud a tiempo. Con el nuevo plazo establecido por Hacienda en 2025, se recomienda actuar con rapidez. Una vez finalizado el plazo, no se garantiza la posibilidad de presentar la solicitud, lo que implicaría perder el derecho a devolución.
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